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Tema: Dogmatica & Organica. SEMANA: 9. MATERIA: Nociones de Derecho

 La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la ley suprema y fundamental de México, que establece los derechos y deberes del pueblo, la estructura y los límites de los poderes de la federación, y organiza al Estado mexicano. Fue promulgada en 1917 y es la norma jurídica máxima que rige la vida económica, social y política del país, definiendo la organización, funcionamiento y bases de las instituciones.

Funciones principales de la Constitución:

                                                                         (imagen 1)

Establece derechos y obligaciones: Fija los derechos fundamentales de los ciudadanos mexicanos y establece sus deberes. 

Organiza el Estado: Define la estructura del gobierno, la división de poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) y la organización de los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal). 

Define la relación entre los poderes: Establece los límites y las relaciones entre los distintos poderes de la federación y entre todos los niveles de gobierno. 

Fija las bases de la institucionalidad: Determina la organización de las instituciones y los cimientos sobre los que se asienta el poder.

La parte dogmática de una constitución establece los principios, valores y derechos fundamentales de las personas frente al poder público, limitando la acción del Estado y consagrando las libertades individuales y sociales. Se considera "dogmática" porque, al igual que los dogmas, contiene principios considerados verdades inmutables que forman un núcleo esencial e inalterable dentro del texto constitucional, asegurando la protección constante de los derechos. 

Características principales de la parte dogmática:

Contenido: Se enfoca en los derechos y libertades de las personas, tanto individuales como colectivas, así como los principios y valores fundamentales que rigen a la nación. 

Función: Limita el poder del Estado, garantizando que el gobierno no vulnere los derechos de los ciudadanos. 

Inmutabilidad: Sus principios y derechos fundamentales, una vez reconocidos, deben permanecer protegidos y no pueden ser fácilmente alterados o derogados. 

Ejemplo en México: En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la parte dogmática se ubica principalmente en los artículos del 1 al 29, que establecen las garantías individuales y los derechos fundamentales. 

Diferencia con la parte orgánica: 

Mientras la parte dogmática se enfoca en los derechos y libertades, la parte orgánica de la constitución se dedica a establecer la estructura del Estado, la organización de los poderes públicos (ejecutivo, legislativo y judicial) y sus competencias, es decir, el funcionamiento del aparato estatal.

La parte orgánica de una Constitución establece cómo se organiza el Estado, creando y estructurando los poderes públicos (legislativo, ejecutivo y judicial) y definiendo sus funciones, atribuciones, requisitos y forma de elección o designación de sus titulares. Esta sección asegura la división de poderes para evitar la concentración de autoridad, estableciendo los mecanismos para que los órganos del gobierno funcionen y se regulen entre sí, velando por el bienestar y las garantías de los ciudadanos. 

Componentes y Funciones de la Parte Orgánica:

Organización de Poderes: Define la estructura del gobierno y cómo se dividen los poderes. 

Atribuciones y Competencias: Especifica las facultades y responsabilidades de cada órgano gubernamental. 

Elección y Designación: Establece los procedimientos para elegir o designar a los funcionarios públicos. 

Requisitos e Inhabilidades: Detalla las condiciones que deben cumplir los titulares de los órganos, incluyendo periodos y prohibiciones. 

Division de Poderes: Es un principio fundamental que busca un equilibrio para prevenir abusos y proteger los derechos de los ciudadanos. 

(imagen 2)

Diferencia con la Parte Dogmática:

Parte Dogmática: Contiene los principios, valores, derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos y de la nación. 

Parte Orgánica: Establece la estructura y funcionamiento del gobierno para hacer realidad y proteger los derechos proclamados en la parte dogmática. 

En resumen: Mientras que la parte dogmática establece "qué" derechos y principios deben respetarse, la parte orgánica determina "cómo" se organiza el Estado y el gobierno para garantizar la aplicación y el cumplimiento de esos derechos y principios en beneficio de los ciudadanos.


imagen 1. https://share.google/images/2J1jPhmbtwAVvkaLe
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